Revelados argumentos de apelación a sanción

(ANSA) - ROMA, 03 MAR - Juventus reveló los argumentos de la apelación de 99 páginas que presentado ante el Colegio de Garantías del Comité Olímpico Italiano (CONI) contra la quita de 15 puntos que sufrió del tribunal de apelaciones de la Federación Italiana de Fútbol (FIGC) por irregularidades administrativas.
    Juventus concretó el trámite el pasado martes 28 de febrero dentro del plazo establecido, tal como había anticipado su director deportivo, Francesco Calvo, por la sanción que sufrió por ganancias de capital ficticias.
    El documento presentado por Juventus y examinado por ANSA se centra en las alegaciones de la defensa de Juventus, la cual argumenta que la revocación que dio lugar a la nueva sentencia de apelación era inadmisible por basarse en elementos probatorios (los documentos de la investigación "Prisma" de la fiscalía de Turín) que no tenían las connotaciones de ganancias patrimoniales ficticias.
    Luego, se señala que la Corte de Apelaciones de la FIGC juzgó sobre estos elementos "crear un nuevo hecho ilícito contra los imputados, vulnerando el principio del debido proceso y el derecho de defensa".
    Juventus confía en que el Colegio de Garantías, al poder juzgar sólo sobre los errores de procedimiento y no sobre el fondo, acepte su tesis, en la que alega que el tribunal formuló nuevas acusaciones sin conceder el derecho de defensa.
    Además, cuestiona que el "sistema fraudulento" no estaba vinculado a los hechos; que el club fue acusado de violación de la lealtad deportiva, cuando en cambio el cargo fue el artículo 6; y que la "alteración del resultado deportivo" a que se refiere la sentencia no puede vincularse a ganancias patrimoniales.
    Al leere la motivación de la sentencia que condena la sanción de 15 puntos en la Serie A, además de las inhabilitaciones para el ex presidente Andrea Agnelli y otros ex directivos, Juventus entendió -según sostiene la apelación- que debió defenderse no por la conclusión de las 15 operaciones disputadas por valores supuestamente inflados, sino por haber creado un "sistema fraudulento", que sería 'probado' por el Ministerio Público Federal por elementos ajenos al proceso, como la llamada "factura oculta" al Olympique de Marsella y también el intercambio entre el brasileño Arthur y el bosnio Miralem Pjanic entre la "Vecchia Signora" y Barcelona.
    Este último caso, subrayó la defensa, se cita ocho veces en la motivación, donde en cambio no se analizan las 15 operaciones a que se refiere la remisión.
    Además, estas operaciones nunca fueron valoradas por el Tribunal sino incluidas en el razonamiento en un "sistema fraudulento desde el principio", lo que habría dado lugar a alteraciones a nivel contable, determinando "la inevitable alteración del resultado deportivo" y que conduce a la condena por violación del artículo 4 del Código de Justicia Deportiva de la FIGC y no por violación del artículo 32.
    Además, la sanción de 15 puntos se basa en el caso del artículo 4, que en la remisión se impugnaba únicamente contra personas físicas y no contra Juventus, que debía responder en virtud del artículo 6, ya que la responsabilidad del club por actos de sus exponentes, nunca mencionado en la oración.
    La defensa subraya, entre otras cosas, que las transacciones cuestionadas habrían afectado sólo al 3,6% de los ingresos totales del club en el trienio 2018-2021. Según la Juventus, en la sala del consejo, el Tribunal "deliberó sobre un nuevo y autónomo thema decidendum, sin contradecir a los acusados", además "en la sede extraordinaria del proceso de revocación".
    De haber tenido conocimiento la defensa de este aspecto, podría haber demostrado, por ejemplo, señala el recurso, que "las ganancias patrimoniales de transacciones cruzadas sólo conllevan beneficios económicos pero no producen liquidez".
    Incluso la absolución del resto de clubes implicados en las supuestas "plusvalías ficticias", según Juventus, aparece "contradictoria e injustificada" frente a la condena del propio club turinés. (ANSA).