(ANSA) BRUSELAS - Una administración pública puede prohibir a todos sus empleados llevar signos religiosos en el lugar de trabajo". Así lo estableció la Corte de Justicia europea al pronunciarse sobre el caso de una mujer en Bélgica a la que se prohibió llevar el velo islámico en el lugar de trabajo para respetar el principio de neutralidad.
Tal prohibición, señalaron los jueces del tribunal con sede en Luxemburgo, "no es discriminatoria si se aplica de forma general e indiscriminada a todo el personal de la administración y se limita a lo estrictamente necesario".
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