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Condena a Roma por inacción en violencia género

Tribunal europeo, preocupan plazos y retrasos en juicios

ESTRASBURGO, 13 febrero 2025, 15:25

Redaccion ANSA

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó a Italia con la acusación de no haber hecho lo que era necesario después de que una mujer presentara una denuncia contra su expareja por acoso, hostigamiento y violencia.
    Según el testimonio de la mujer, su expareja la siguió, revisó su teléfono, la insultó, la amenazó, y fue violento tres veces.
    Pero resulta que nunca fue condenado debido a lagunas en la investigación y a una justicia demasiado lenta, tanto que sus delitos terminaron prescribiendo.
    En su sentencia, los jueces de Estrasburgo aseveraron que sistema judicial italiano, con sus retrasos y la falta de claridad en los plazos de prescripción, deja sin respuesta a demasiadas víctimas, lo que lleva al cierre de un número importante de casos, incluidos los de violencia doméstica.
    La mujer, cuyo nombre no se hizo público, recurrió al tribunal de Estrasburgo después de años de batallas en los tribunales italianos.
    En 2009, denunció los abusos a las autoridades, y proporcionó, además, un relato detallado: nombres de testigos dispuestos a confirmar su versión, fechas y horas precisas de los más de 2.500 mensajes recibidos de su ex pareja, además de la miríada de llamadas telefónicas.
    Pero la justicia tardó en actuar: en su sentencia, el tribunal subrayó que fueron necesarios tres meses sólo para registrar la denuncia.
    La acusación contra el hombre se produjo cuatro años después, y la sentencia en primera instancia se pronunció más de seis años después.
    No sólo eso: "Dieciséis meses después -destacaron los jueces-, el Tribunal de Apelación lo absolvió de los hechos cometidos antes del 25 de febrero de 2009, pues, en ese momento, aún no estaba vigente el delito de acoso, y declaró prescritos todos los demás episodios posteriores".
    Un escenario en el que el Tribunal de Estrasburgo es explícito al afirmar que "no está convencido" de que las autoridades italianas "hayan demostrado una voluntad real" de conseguir que el ex compañero de la mujer "sea llamado a responder de sus actos".
    De hecho, según los jueces, "los tribunales actuaron en desacato a su obligación" de garantizar un juicio rápido, permitiendo así que el hombre, acusado de amenazas y acoso, escapara a la justicia gracias a la prescripción de la acción penal.
    "En las circunstancias del caso, no se puede decir que las autoridades italianas actuaran con suficiente prontitud y razonable diligencia", según la dura sentencia emitida por el TEDH, que destacó cómo "la falta de realización de una investigación 'efectiva' y de garantizar" que el hombre "fuera procesado sin demoras indebidas" contribuyó a generar una "impunidad total".
   

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