Un nuevo decreto aprobado en
Cuba establece derechos como permisos laborales que se concedan
a los padres y a las mujeres por asumir la crianza de los hijos
obtenidos por gestación subrogada sin ánimo de lucro.
El Ministerio del Trabajo y la Seguridad Social explicó que
el nuevo decreto "extiende la protección y los beneficios para
el cuidado de la hija o el hijo a nuevos sujetos", algo que
reconoció antes un nuevo Código de las Familias aprobado en la
isla por referendo popular.
El novedoso capítulo VI titulado "De la Gestación
Solidaria" establece el derecho al disfrute de las licencias
prenatal y posnatal para la gestante solidaria, así como la
reincorporación al empleo
Así, el Estado también extenderá los beneficios para el
cuidado del recién nacido a las personas que hayan optado por la
"gestación solidaria".
El decreto define ese tipo de maternidad como un derecho que
solo se puede ejercer por "motivos altruistas" y "entre personas
unidas por vínculos familiares o afectivamente cercanos".
La Gaceta Oficial publicó el Decreto-Ley 71, que modifica el
Decreto-Ley 56 De la Maternidad de la Trabajadora y la
responsabilidad de las familias, de 2021, donde, entre otras
cosas, se reconocen derechos como la baja por maternidad o
paternidad a los padres y las mujeres gestantes por gestación
subrogada sin ánimo de lucro, explicó una portavoz del
Ministerio del Trabajo y la Seguridad Social.
Este método de reproducción asistida puede ser una opción
para personas o parejas que no pueden concebir un hijo por sí
mismos debido a diversas razones médicas, biológicas o
personales.
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