La agresión "no se produjo por motivos discriminatorios", sino "debido a la actividad" que la víctima "realizaba", es decir, la venta de "billetes falsos", según los acusados, o quizás, según algunos testigos, aparatos como "postales y pulseras".
La condena para Beretta llegó en el juicio por la paliza a un vendedor ambulante frente al estadio Giuseppe Meazza antes del partido que Inter jugó ante Liverpool en febrero de 2022 por la Champions League.
La jueza del noveno tribunal penal de Milán, Mariolina Panasiti, condenó el pasado 19 de junio a Beretta a un año de prisión, pero con la pena convertida en una multa de 3.650 euros.
La jueza excluyó la agravante de discriminación y odio racial, que fue impugnado por la fiscalía de Milán por frases pronunciadas durante la paliza, como "no queremos napolitanos".
La acción de Beretta, de 49 años y defendido por el abogado Mirko Perlino, no estaba "dirigida" a "despertar" un "sentimiento de odio", según se indica en los motivos tras la acusación de lesiones y violencia privada.
La "acción" en sí misma fue, sin embargo, "completamente desproporcionada", y además "se apegó a la versión del acusado, según la cual habría actuado como reacción a una respuesta grosera recibida de la persona ofendida y de su camarilla", escribió la jueza.
De ahí la agravante de motivos frívolos, además de la de haber cometido el delito mientras se encontraba en libertad vigilada con los servicios sociales.
Sin embargo, el tribunal concedió circunstancias atenuantes a Beretta por su "comportamiento procesal positivo", incluidas confesiones parciales, y también una indemnización por los daños causados ;;a la víctima.
De ahí llegamos a la pena, que luego se convirtió en multa.
En tanto, otro ultra, que se encontraba esa noche con Beretta, fue condenado, sin embargo, a 2 años y 4 meses de prisión con pena abreviada, es decir, con un descuento de un tercio, por la paliza propinada por el juez de instrucción Giulio Fanales.
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